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Sevilla, Spain
ÁREA DE SERVICIOS DE LA UGC-ORL AHVM: Hospital Universitario Virgen Macarena, Hospital de San Lázaro, Policlínico CCEE, Centro de Especialidades San Jerónimo

lunes, 20 de agosto de 2012

ENFERMEDAD DE MÉNIÈRE (Parte VIII): "TRATAMIENTO"

TRATAMIENTO MÉDICO
Durante el episodio vertiginoso:
- Antieméticos
- Sedantes vestibulares
- Sedantes-ansiolíticos
Además del tratamiento farmacológico, son útiles las medidas higiénico-dietéticas. El paciente debe permanecer en una cama, en un medio silencioso y en penumbra. Se aconseja que mantenga la cabeza inmóvil y que reduzca la ingesta para minimizar los vómitos. En caso de que estos sean muy intensos, se repondrá el agua y electrolitos precisos. Se eliminarán de la dieta la sal y las bebidas que contengan aminas biógenas (café, té, etc).
Se aconseja la inmovilidad durante las primeras 24 horas. A partir de ese momento, se podrá pasear y realizar parte de la vida doméstica habitual, ya que, cuanto antes se movilice y más pronto se retire la medicación, más se favorecerá el proceso de compensación.

En los períodos intercríticos:
Tras los períodos vertiginosos iniciales es fundamental instruir al paciente sobre la naturaleza de su enfermedad, su evolución y sus consecuencias funcionales. Un buen conocimiento del proceso por parte del enfermo facilita su comprensión, tratamiento y aceptación.
Se debe aconsejar sobre la alimentación y otros hábitos; es útil que el paciente se acostumbre a la dieta pobre en sal o exenta, debe evitar las comidas muy copiosas, abandonar el tabaco y eludir la ingesta importante de alcohol y bebidas excitantes.
El tratamiento diurético puede utilizarse durante cortos períodos de tiempo. Sin embargo, no existen pruebas fehacientes de que el tratamiento vasodilatador mejore la evolución natural de la enfermedad.
Si se demuestra que el paciente es atópico, sobre todo con una manifestación alérgica perenne, es obligado realizar una inmunoterapia hasta obtener la desensibilización o corticoterapia durante las crisis vertiginosas.
La gentamicina intratimpánica se utiliza para tratar a los pacientes afectados de EM cuando no responden al tratamiento médico aprovechando su toxicidad vestibular selectiva. Antes de comenzar la terapia es preciso efectuar una audiometría que sirva de control para la posible ototoxicidad de la terapia utilizada. También es conveniente realizar una videonistagmografía antes de iniciar el tratamiento y tras cada ciclo para evaluar objetivamente la respuesta al tratamiento.

TRATAMIENTO QUIRÚRGICO
En los pacientes que no responden al tratamiento médico y que por la intensidad, duración y frecuencia de los episodios vertiginosos se encuentran incapacitados para desarrollar una vida social y laboral relativamente normal, se puede plantear un tratamiento quirúrgico. La indicación es más precisa cuando el enfermo está gravemente incapacitado, sea el oído afecto funcionalmente útil o no.
El tratamiento quirúrgico está indicado ante un fracaso absoluto del tratamiento médico correctamente instaurado y seguido durante seis meses. También cuando a pesar de cierta eficacia del tratamiento médico en cuando a la reducción del número de crisis o de su intensidad, la calidad de vida del paciente o su actividad laboral siguen afectadas de manera importante y el mismo paciente solicita otra terapia más resoluta.
Es preciso tener en cuenta antes de ofrecer un tratamiento destructivo al paciente, que aproximadamente el 10% de los casos desarrollan a lo largo de su vida un hidrops bilateral que haría contraproducente o al menos inútil la intervención del oído que enfermó en primer lugar.

Cirugía Destructiva:
- LABERINTECTOMÍA



Cirugía Conservadora:
- Cirugía de SACO ENDOLINFÁTICO



- NEUROTOMÍA SELECTIVA de la rama vestibular del VIIIpc

Los pacientes a quienes se priva de la acción de uno de los laberintos se beneficiarán de una rehabilitación que facilite el normal proceso de compensación central.

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